Solicitud de Inscripción

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Registro Provincial de Prestadores de Servicios Portuarios

REQUISITOS:

  1. PLANILLA DE INSCRIPCION/REINSCRIPCION COMPLETA 
  2. PAGO: A UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL PORTUARIA
    1.  CBU: 0830021807002064750016 ALIAS: AGUILA.CHINO.FRAC
    2. Arancel: Inscripción $ 30.000 – Reinscripción $15.000
    3. Arancel: Libre de deuda Portuario $ 20.000
  3. Persona Física: Habilitación comercial, si correspondiera.
    Personas Jurídicas: Estatuto o contrato social y nota con nomina autoridades directivas.
  4. Inscripción: ARCA 
  5. Inscripción: Rentas Provincial del Chubut. Convenio Multilateral o municipal o intermunicipal (según corresponda). 
  6. Solicitud o certificado de cumplimiento de obligaciones fiscales formales provincial – Rentas Chubut http://www.dgrchubut.gov.ar/certificados/ (4481360 / 4481865 i nt 120 / 135 – dirección Alejandro Maíz N° 360 Rawson)
  7. Listado de equipos y materiales para ingresar al puerto. Empresa estiba detallar guinches. 
  8. Nota detallando las personas que ingresarían al puerto y los vehículos. 

Empresas Transportistas Provinciales: Oblea extendida por la Dirección de Transporte de la Provincia del Chubut. (4485007 – dirección Vachina N° 154 Rawson)

Taller naval: Autorización de prefectura

REQUISITOS PRESTADORES TURISTICOS:

  • Agencia de viaje y Turismo: Constancia de habilitación por parte de la Secretaría de Turismo de la Provincia del Chubut.
  • Empresa de Transporte Terrestre de Pasajeros: Habilitación extendida por la Dirección de Transporte para la prestación de Servicios Públicos o especializado en transporte de pasajeros.
    Habilitación técnica vehicular. El personal de conducción contar con la Licencia habilitante.
  • Empresas de Paseos Náuticos: Habilitación por parte de la secretaria de Turismo de la Provincia. Habilitación para transporte de personas por parte de la Prefectura Naval.

REQUISITOS DE TRANSPORTE Y/O TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS PELIGROSOS

  • Inscripción en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos: Art. 23 – 34 – 35 – 36 de la Ley Nacional N° 24.051
  • Inscripción en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos: Ley Provincial XI 35 (código ambiental)
  • Inscripción en PNA
  • Inscripción en la AFIP (Actividad Específica)

RECOLECCIÓN DE RESIDUOS

  1. Recolección de residuos asimilables a urbanos: Seg. Responsabilidad Civil que involucre daños o averías a terceros, con su correspondiente constancia de pago o certificado de cobertura. 
  2. Recolección de residuos provenientes de navegación Internacional: Los requisitos anteriores más la habilitación de SENASA. 

REQUISITOS APROVICIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE:

  • Inscripción AFIP – DGA (Categoría a)
  • Inscripción en el Registro de Operadores de Productor Exentos destinados a Rancho (Art. 7, Inc. b Ley N° 23.966)
  • Los Fleteros de Transporte de Combustible y Lubricantes: Inscripción AFIP para esta Actividad. Habilitación por la secretaria de Energía. Seguro dentro de la instalación portuaria y/o tercera en el transporte de combustibles.

REQUISITOS PARTICULARES PARA OPERADORES DEL SERVICIO A LAS CARGAS CORRESPONDIENTE A ESTIBA, DESESTIBA, CARGA Y DESCARGA A REALIZARSE EN MUELLES PÚBLICOS

  1. Estados Contables actualizados que acrediten solvencia económica y financiera.
  2. Nómina de Personal en Relación de Dependencia (Constancias de Alta AFIP y F.931)
  3. Constancia de seguro de ART de cada uno de los dependientes con Cláusula de NO Repetición a favor de la Provincia del Chubut.
  4. Detalles de guinches con certificación de aptitud emitida por ingeniero mecánico y técnico en seguridad e higiene.
  5. Póliza de Responsabilidad Civil (Seguro para Daños a Terceros) por los guinches y/u otra maquinaria similar a ingresar a muelle con Cláusula de NO Repetición a favor de la Provincia del Chubut.
  6. Indicación de el/los muelles/s donde prestará el servicio de estiba, desestiba, carga y descarga (sólo se podrá prestar el servicio en aquellos muelles por los cuales el prestatario hubiera requerido registración).
  7. Informe de factibilidad física emitido por la autoridad máxima correspondiente de cada muelle donde conste la posibilidad de incorporación de más equipamiento para la estiba, desestiba, carga y descarga.