Registro Provincial de Prestadores de Servicios Portuarios
REQUISITOS:
- PLANILLA DE INSCRIPCION/REINSCRIPCION COMPLETA
- PAGO: A UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL PORTUARIA
- CBU: 0830021807002064750016 ALIAS: AGUILA.CHINO.FRAC
- Arancel: Inscripción $ 30.000 – Reinscripción $15.000
- Arancel: Libre de deuda Portuario $ 20.000
- Persona Física: Habilitación comercial, si correspondiera.
Personas Jurídicas: Estatuto o contrato social y nota con nomina autoridades directivas. - Inscripción: ARCA
- Inscripción: Rentas Provincial del Chubut. Convenio Multilateral o municipal o intermunicipal (según corresponda).
- Solicitud o certificado de cumplimiento de obligaciones fiscales formales provincial – Rentas Chubut http://www.dgrchubut.gov.ar/certificados/ (4481360 / 4481865 i nt 120 / 135 – dirección Alejandro Maíz N° 360 Rawson)
- Listado de equipos y materiales para ingresar al puerto. Empresa estiba detallar guinches.
- Nota detallando las personas que ingresarían al puerto y los vehículos.
Empresas Transportistas Provinciales: Oblea extendida por la Dirección de Transporte de la Provincia del Chubut. (4485007 – dirección Vachina N° 154 Rawson)
Taller naval: Autorización de prefectura
REQUISITOS PRESTADORES TURISTICOS:
- Agencia de viaje y Turismo: Constancia de habilitación por parte de la Secretaría de Turismo de la Provincia del Chubut.
- Empresa de Transporte Terrestre de Pasajeros: Habilitación extendida por la Dirección de Transporte para la prestación de Servicios Públicos o especializado en transporte de pasajeros.
Habilitación técnica vehicular. El personal de conducción contar con la Licencia habilitante. - Empresas de Paseos Náuticos: Habilitación por parte de la secretaria de Turismo de la Provincia. Habilitación para transporte de personas por parte de la Prefectura Naval.
REQUISITOS DE TRANSPORTE Y/O TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS PELIGROSOS
- Inscripción en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos: Art. 23 – 34 – 35 – 36 de la Ley Nacional N° 24.051
- Inscripción en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos: Ley Provincial XI 35 (código ambiental)
- Inscripción en PNA
- Inscripción en la AFIP (Actividad Específica)
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
- Recolección de residuos asimilables a urbanos: Seg. Responsabilidad Civil que involucre daños o averías a terceros, con su correspondiente constancia de pago o certificado de cobertura.
- Recolección de residuos provenientes de navegación Internacional: Los requisitos anteriores más la habilitación de SENASA.
REQUISITOS APROVICIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE:
- Inscripción AFIP – DGA (Categoría a)
- Inscripción en el Registro de Operadores de Productor Exentos destinados a Rancho (Art. 7, Inc. b Ley N° 23.966)
- Los Fleteros de Transporte de Combustible y Lubricantes: Inscripción AFIP para esta Actividad. Habilitación por la secretaria de Energía. Seguro dentro de la instalación portuaria y/o tercera en el transporte de combustibles.
REQUISITOS PARTICULARES PARA OPERADORES DEL SERVICIO A LAS CARGAS CORRESPONDIENTE A ESTIBA, DESESTIBA, CARGA Y DESCARGA A REALIZARSE EN MUELLES PÚBLICOS
- Estados Contables actualizados que acrediten solvencia económica y financiera.
- Nómina de Personal en Relación de Dependencia (Constancias de Alta AFIP y F.931)
- Constancia de seguro de ART de cada uno de los dependientes con Cláusula de NO Repetición a favor de la Provincia del Chubut.
- Detalles de guinches con certificación de aptitud emitida por ingeniero mecánico y técnico en seguridad e higiene.
- Póliza de Responsabilidad Civil (Seguro para Daños a Terceros) por los guinches y/u otra maquinaria similar a ingresar a muelle con Cláusula de NO Repetición a favor de la Provincia del Chubut.
- Indicación de el/los muelles/s donde prestará el servicio de estiba, desestiba, carga y descarga (sólo se podrá prestar el servicio en aquellos muelles por los cuales el prestatario hubiera requerido registración).
- Informe de factibilidad física emitido por la autoridad máxima correspondiente de cada muelle donde conste la posibilidad de incorporación de más equipamiento para la estiba, desestiba, carga y descarga.
